Normas Sobre Registro Público Nacional de Funcionarios y Funcionarias Policiales e Historial Personal

En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39686, de fecha 1 de Junio de 20111, fue publicada la Resolución del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia por la cual se dictan las "Normas Sobre el Registro Público de Funcionarios y Funcionarias Policiales e Historial Policial". Las referidas normas tienen como objeto regular la organización y funcionamiento del Registro Público Nacional de Funcionarios y Funcionarias Policiales del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de seguridad ciudadana, así como todo lo relativo al manejo de los datos personales y profesionales de los funcionarios policiales del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y demás cuerpos de policía estadales y municipales. Además, tiene como finalidad el desarrollo de políticas públicas en materia de seguridad ciudadana y el fortalecimiento de las fuerzas policiales a nivel nacional, estadal y municipal.
La información contenida en este registro será de carácter público, a excepción de los datos personales relativos a filiación, domicilio o residencia, vínculo matrimonial o unión estable de hecho, fotografías, teléfonos, dirección electrónica, patrimonio personal y familiar, que solo podrán ser obtenidos por órganos oficiales como la Fiscalía, tribunales, Contraloría y Defensoría del Pueblo, entre otros.
La refererida Resolución entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Sin embargo, la creación del Registro Nacional de Funcionarios y Funcionarias Policiales por parte del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, tiene un plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de publicación de la Resolución en Gaceta, prorrogables por seis (6) meses adicionales.
Enlace a la resolución http://bit.ly/ivlHrM

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