MPPRIJ Dicta Normas sobre Rendición de Cuentas en los Cuerpos de Policía en sus diversos ámbitos político territoriales


La Resolución Ministerial Nro. 85 (MPPRIJ), del 19 de Marzo de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39390, estableció las “Normas sobre Rendición de Cuentas en los Cuerpos de Policía en sus diversos ámbitos político territoriales”. Las diferentes policías, según su naturaleza territorial, deberán rendir cuentas sobre su gestión y desempeño ante los órganos del Poder Público Nacional, Estadal o Municipal y a la comunidad organizada.
La normativa establece que las distintas policías deberán rendir informes de gestión con observancia de protocolos estandarizados. Se establecen los siguientes reportes mínimos:
Informe anual de ejecución financiera, desarrollo institucional y proyección de crecimiento.
Informe anual sobre rendimiento y desempeño policial.
Informe anual sobre desviaciones policiales y responsabilidades disciplinarias.
Informe mensual sobre desempeño operativo.
La participación comunitaria tendrá como finalidad favorecer mejoras en la organización policial, pero no interferirá en los criterios técnicos y profesionales para prestación eficiente del servicio policial.
Enlace a la Resolución http://bit.ly/cH1ELD

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