Los bancos podrán prestar servicios parciales a través de la red de comercios, bajo la figura de corresponsales no bancarios.

De acuerdo a las normas dictadas recientemente por la SUDEBAN, los bancos podrán prestar parcialmente sus servicios a través de la red de comercios. Entre los servicios autorizados están la realización de depósitos, retiros, consultas de cuentas y pagos de servicios públicos.
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